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Consejo de Estado: transferencia de inmueble a patrimonio autónomo no causa impuesto de timbre
El Consejo de Estado determinó en sentencia del 13 de marzo de 2025 que la transferencia de un bien inmueble a un patrimonio autónomo fiduciario no constituye enajenación para efectos del impuesto de timbre del artículo 519 del ET. La decisión impacta directamente estructuraciones fiduciarias con inmuebles de alto valor.
Asuntos Legales
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